martes, 25 de octubre de 2011

PERSONAL

3 ways to get hired
8 errores a evitar durante una entrevista de trabajo
8 tips para preparar una entrevista telefónica
20 tips to achieve your career goals
10 secretos para dejar ir a la gente con dignidad
10 sure fire ways to get fired
Adaptándose a un nuevo trabajo
Age & Character Calculation
Antes de la Entrevista
Buscar empleo es una oportunidad
Como escribir un Currículo Vitae
Como obtener u otorgar un ascenso
Como pedir un aumento de sueldo
Como presentar nuestra experiencia profesional
Como presentar nuestros errores
Como reclutar la persona adecuada para el trabajo
Como retener a un empleado
Credo del empleado
Cúando ingreses a tu lugar de trabajo
Curriculum de una página
De que arbol caíste
El valor de mi trabajo
e-curriculum
Etapas de vida de Ogliastri
Factores Críticos para el Exito Profesional
La transición hacia un nuevo trabajo
Lo que el Gerente y el empleado quieren
Motivación
Networking. La mejor herramienta para buscar empleo
Pensamiento positivo en la oscuridad
Preparación para una entrevista de trabajo
Preguntas más frecuentes durante la entrevista
Primeros avisos de que un empleado está buscando nuevos rumbos
Porqué los empleados renuncian
Porqué te deberían escoger a tí
Puntos a recordar sobre el networking
Puntos clave para elaborar un curriculum vitae
Reglas de Mooney para buscar empleo
Reglas para contestar exitosamente las preguntas que te hacen durante
la entrevista
Síntomas de agotamiento de los empleados
Test de personalidad
Test Psicológico
http://carabobo.blogcindario.com/2006/07/00001-topicos-gerenciales-modernostips-basicos-i.html


Brayan Campos

OBJETIVOS, ESTRATEGIAS Y PLANES DE ACCIÓN

Luego de haber identificado las fortalezas y debilidades, las
oportunidades y las amenazas, y haber hecho asumpciones sobre los
factores externos que pueden afectar el negocio, estamos en la
posición de establecer objetivos de mercadeo. Este es el paso clave
de todo el proceso del plan de mercadeo.

¿Qué es un objetivo de mercadeo?

Un objetivo es lo que desearos alcanzar, las estrategias es como lo
vamos a lograr. El objetivo de mercadeo se preocupa del balance entre
los productos y sus mercados. Relaciona cuales productos deben ser
vendidos en cuáles mercados. Esto significa alcanzar los objetivos
utilizando precios, promociones y distribución como estrategia de
mercadeo. En el siguiente nivel definiremos objetivos personales y
estrategias personales; objetivos de publicidad y estrategias
publicitarias y finalmente planes de acción y presupuestos.

Los objetivos de mercadeo se relacionan de la siguiente manera:

Vender productos existentes en los mercados existentes
Vender productos existentes en nuevos mercados
Vender nuevos productos en mercados existentes
Vender nuevos productos en nuevos mercados
Los objetivos de mercadeo deben ser definidos y cuantificables, y es
el objetivo que queremos alcanzar. Debería ser definido de tal manera
cuando su plan de mercadeo sea implementado, el rendimiento actual
pueda ser comparado con el objetivo. Debe ser expresado en términos
de valores o compartición de mercado, y no se debería utilizar
términos sin mayor significado como: elevar, incrementar, mejorar o
maximizar.

Ejemplos de objetivos de mercadeo:

Obtener un crecimiento de las ventas de productos en el mercado
nacional en 10% anual por los próximos 3 años
Alcanzar un crecimiento de ventas de productos en el mercado mundial
del 30% anual por los próximos 5 años
Alcanzar una compartición de mercado del 15 % luego de dos años
Obtener ventas totales de 5M el año actual
EL PORTAFOLIO DE PRODUCTOS
Dado que los objetivos de mercadeo relacionan a los productos y
mercados, es importante el conocer la posición actual de la compañía
antes de establecer los objetivos y el plan de mercadeo.

Para ello, debe conocer el crecimiento y declive que todos los
productos siguen durante su ciclo de vida. Idealmente, la compañía
debería tener un portafolio de productos en cada uno de las diferentes
etapas del ciclo de vida, de esa manera se puede minimizar el riesgo
y balancear el crecimiento.


Ciclo de vida del Producto

TASA DE CRECIMIENTO Y DE COMPARTICION DE MERCADO
En cualquier mercado, los niveles de precio de las compañías tienden a
ser similares. En un mercado estable, los niveles de precios se
mueven gradualmente juntos. Esto no significa que todas las compañías
tendrán el mismo nivel de ganancias. Si una tiene un alto nivel de
compartición de mercado, se puede beneficiar de economías de escala
para tener mejores precios. La compañía con el nivel de compartición
de mercado más alto es probable que tenga el mayor margen de
ganancias, y es capaz de empezar una guerra de precios. La
compartición de mercado también indica su capacidad de generar
efectivo. Y es un muy importante radio. La meta debería ser obtener
el dominio del mercado donde sea posible.

El flujo de caja es el más importante factor a considerar en su
portafolio de productos. La habilidad de la compañía de generar
efectivo dependerá del dominio del mercado que tiene su empresa sobre
sus competidores.

Algunos años atrás el Boston Consulting Group (BCG) desarrolló una
matriz que permite clasificar el portafolio de productos basados en
las tasas de compartición de mercados.

Los productos son descritos así:

STARS
Alta compartición de mercado / Alto crecimiento del mercado (Efectivo neutro)

Tienen altos costos en mercadeo e investigación y desarrollo, pero
contribuyen considerablemente a las ganancias. Son neutros desde el
punto de vista de generación de efectivo.

CASH COWS
Alta compartición de mercado / Bajo crecimiento del mercado
(Generación efectivo)

Son productos maduros con una alta compartición de mercado pero bajo
crecimiento. Generan altos niveles de ganancias y requieren una baja
inversión en mercadeo y ninguna inversión en investigación y
desarrollo para mentenerse.

QUESTION MARKS
Baja compartición de mercado / Alto crecimiento del mercado (Comsume efectivo)

Son productos que deben ser lanzados nuevamente al mercado, pués no
han cumplido sus expectativas o productos que han declinado sus ventas
y deben ser re-evaluados su viabilidad en el largo plazo.

DOGS
Baja compartición de mercado / Bajo crecimiento del mercado ( Efectivo neutro)

Tienen baja compartición de mercado y normalmente no arrojan
ganancias. Deberían ser eliminados del portafolio de productos.

La compartición de mercado relativa, es un factor que indica la
compartición de mercado de su empresa en relación al del mas grande
competidor. Indica el nivel de dominancia del mercado que su empresa
tiene sobre sus competidores.

La tasa de crecimiento de mercados es importante por dos razones:

En un mercado de crecimiento rápido, las ventas pueden crecer más
rápidamente que lo que unproducto puede crecer en un mercado de lento
crecimiento.
El incremento de ventas puede requerir la inversión de efectivo para
soportarlo, pues se requerirá incremento de publicidad, cobertura de
ventas, soporte en ventas y posible inversión en planta y maquinaria.

Para propósitos de planeación de mercadeo, un mercado con un
crecimiento superior a 10% se considera de alto crecimento.

3.1 0,3:1

Compartición de mercado relativa

STARS

QUESTION MARKS

CASH COW


DOGS


Alto 20%

Crecimiento de mercado

Bajo 0 %


Secuencia del desarrollo ideal de productos

ANÁLISIS GAP
El análisis Gap es una técnica con muchos usos. En el establecimiento
de los objetivos de mercadeo, nos ayudará al analizar y cerrar la
brecha entre las necesidades que la empresa necesita alcanzar y que es
lo que se está alcanzando si las políticas no cambian.

Proyección del crecimiento de ventas requeridas y originalmente proyectada

¿QUÉ ES UNA ESTRATEGIA DE MERCADEO?

Una estrategia de mercado es la forma que describe como los objetivos
de mercadeo van a ser alcanzados. Es importante saber que es una
estrategia y como difiere de táctica.

Estrategias son un conjunto de métodos que nos permiten alcanzar un
objetivo específico en un determinado tiempo. No incluyen el detalle
de las acciones diarias a seguir, a las que se conoce como tácticas.

Las estrategias de mercadeo se relacionan con las políticas generales
de la siguiente manera:

Productos
Cambio de productos del portafolio
Descontinuar, añadir o modificar productos
Cambio del diseño, de la calidad o rendimiento
Consolidación y estandarización
Precio
Cambio de precios, términos o condiciones para productos o grupos
particulares en segmentos de mercado
Políticas de skimming
Políticas de penetración
Políticas de descuento
Promoción
Cambios en ventas
Cambios en la organización de ventas
Cambios en la publicidad o promoción de ventas
Cambios en las políticas de relaciones públicas
Incremento / Decremento en exhibición de productos
Cambio en canales de distribución
Mejora en el servicio
Existen diferentes tipos de estrategias:

De defensa. Diseñada para prevenir pérdidas de clientes actuales
De desarrollo. Diseñada para ofrecer a los actuales clientes un más
amplio rango de productos o servicios
De ataque. Diseñada para generar negocios a partir de nuevos clientes
Una muy útil manera de mostrar los tipos de estrategia disponibles, es
utilizando la matriz desarrollada por Ansoft, que presenta la manera
menos riesgosa de expandir su negocio en las áreas que mejor conoce,
sus productos y sus mercados

RIESGO

BAJO RIESGO
ALTO RIESGO


Mercado / Producto Producto actual
Nuevo producto

BAJO RIESGO Mercado actual
Expandir el mercado actual con productos existentes
Desarrollar nuevos productos para los mercados actuales

ALTO RIESGO Nuevo Mercado
Vender productos existentes en nuevos mercados
Desarrollar o adquirir nuevos productos para venderlos en nuevos mercados


Matriz de Ansoft. El riesgo de la estrategia

ESTRATEGIAS DE PRECIOS
Hay muchas estrategias de precios y tácticas que pueden ser
consideradas, y pueden ser clasificadas como políticas de:

Skimming. Incluye el ingreso al mercado con un alto nivel de precio y
obtener el mayor beneficio posible. Cuando la competencia entra al
mercado, el nivel de precio es ajustado lo necesari
Penetración. Es lo opuesto al skimming. Con este tipo de estrategia
una compañía establece un nivel de precio bajo deliberadamente. La
política de penetración hace que los clientes compren sus productos,
el cual incrementa las ventas y su compartición de mercado.

PLANES DE ACCION
Una vez que ha seleccionado las estrategias y táctica para alcanzar
sus objetivos de mercadeo, necesita construir el plan de acción o
programa que le permitirá dar claras instrucciones a su equipo. Cada
plan debería incluir:

Posición actual – Donde estamos ahora
Objetivos – Que hacer / Donde vamos a ir
Acciones – Que necesito para ir allá
Fecha de inicio
Fecha de finalización
Presupuesto
Cada acción debe ser dividida en sus partes componentes. A
continuación se sugiere un formato para el plan de acción:

PLAN DE ACCION

Departamento de Ventas

Objetivo Situación Actual Acción Responsable Inicio Finalización Costo
Enviar Información Obtener Listado Actualizar lista PPM 02-01-2002
04-01-2002 4000

Cada una de las acciones del plan debe ser detallada en un número de
partes cada una con su responsable.

Después de colocar las actividades en un cronograma de trabajo debe
combinar las acciones individuales en un plan o programa de acción.
Estos programas funcionales aparecen en el plan de mercadeo, que
deberá servir como programa maestro para controlar la implementación
del plan. Es un compendio de que hacer /donde hacerlo / como hacerlo.
Cada uno de los planes y programas necesitan ser comunicados a cada
uno de los responsables de su ejecución.

CONCLUSIONES
El establecer los objetivos de mercadeo es un paso clave para la
preparación del plan de mercadeo. Los objetivos de mercadeo son lo
que queremos alcanzar con nuestro plan, y deben ser medibles y
cuantificables, y deben ser expresados en términos de valores o
compartición de mercados.

Antes de establecer los objetivos de mercadeo es importante conocer la
posición de sus productos en los mercados. Debería mirar su
portafolio de productos dentro del ciclo de vida y la capacidad de
generación de efectivo. Aunque todo se basa en un análisis de las
ventas pasadas, se debería tener en cuenta el total de potenciales
mercados, la compartición de mercado actual y el ciclo de vida del
producto.

Los objetivos de mercadeo son difíciles pero alcanzables.

Las estrategias de mercadeo son los métodos que usa para alcanzar sus
objetivos de mercado y relacionan los productos, precios, promoción,
publicidad y distribución.

Hay un enorme rango de potenciales estrategias disponibles. La que
satisfaga sus objetivos puede ser implementada usando los recursos y
capacidades de que dispone la compañía.

Las estrategias deben ser convertidas en programas o planes de acción.
Estos planes individuales son combinadas en programas funcionales que
finalmente serán transformado en un cronograma de trabajo master. Los
dos aparecerán en el plan de mercadeo.

--
Brayan Campos

lunes, 25 de julio de 2011

Ley de Costos y Precios Justos Segun Distintos Analisis.

Ley de costos y precios justos
José Guerra

Jueves, 21 de julio de 2011

En la citada ley no se habla del salario justo. ¿Por qué? Porque
tendría entonces el gobierno que aumentarlos de forma considerable
para reponer la perdida de su capacidad de compra.

¿Qué es un precio justo? Nadie lo sabe pero algunos han intentado
definirlo. Quien primero trató de determinarlo fue San Agustín y no
pudo porque el monje no tenía en su momento los conceptos técnicos con
los cuales cuenta hoy la ciencia económica. Procuró San Agustín un
acercamiento al concepto de precio justo desde el dogma del
cristianismo contra la usura. Aún con todo el arsenal metodológico
ningún economista en estos tiempos se ha ocupado del tema por lo
irrelevante del mismo. ¿Cuál es el precio justo del petróleo, por
ejemplo, que cuesta producirlo 15 dólares y se vende a 105 dólares?
¿Cuál es el precio justo de una arepa de reina pepeada vendida en Los
Magallanes de Catia y otra en Sabana Grande? ¿Cuál es el precio justo
de un kilo de carne de primera, lomito? Y ¿porqué ese mismo kilo es
diferente para la carne de segunda, chocozuela? Esas preguntas no
tienen respuesta sino se toma en cuenta tres elementos. Primero, que
el precio guarda relación con los costos de producción, segundo, que
el precio refleja lo que los consumidores estén dispuestos a pagar por
el bien y tercero que los precios obedecen al contexto macroeconómico
del país que trata de fijar los precios. Cuando la gente pierde la
confianza en la moneda y anticipa una devaluación o tasas de
inflaciones mayores, los precios se divorcian de los costos y se
produce una espiral alcista porque quien no compra hoy
indefectiblemente pagará más caro mañana. Eso ya está suficientemente
estudiado y quienes lo ignoran son los ministros venezolanos.


Pero más allá de los aspectos técnicos de la determinación de los
precios, en la ley en referencia subyace un absurdo con el cual este
gobierno ha venido insistiendo: la planificación central de la
economía, doctrina heredera de los regímenes comunistas que
fracasaron. Esta consiste en que un grupo de hombres bien
intencionados, con voluntad de hierro pueden establecer metas de
producción e insumos a ser utilizados para lograr cuotas de
producción. En el papel ello luce muy bonito pero su realización es
imposible por la simple razón de que unos burócratas desde una oficina
con aires acondicionados no conocen las necesidades de millones de
consumidores ni pueden coordinar las decisiones de miles de
productores. Y cada vez que desde el Estado se quiere imponer la
centralización de la economía, ello ha acabado en un desastre para los
países. Pero quienes duden de esto, revisen el manejo del Estado en
las empresas del acero, aluminio, hierro, cemento y decenas de otras
que hoy languidecen pegadas de la bombona del ingreso petrolero.


Lo que ocurre es que cuando los gobiernos pierden la lucha contra la
inflación, como es el caso de Venezuela, empiezan a desempolvar
doctrinas absurdas que ya nadie toma en cuenta y cuyo propósito es
culpar a otros de sus propios errores. Ciertamente la inflación en
Venezuela es un problema, que afecta a toda la sociedad pero
fundamentalmente a los más pobres. ¿Por qué hay alta inflación en
Venezuela? Por lo menos en los últimos cinco años, el alza de precios
obedece a la devaluación del bolívar en más de 100% y al hecho de que
el Directorio del BCV está destruyendo la capacidad adquisitiva del
bolívar al convertir al ente emisor en una caja chica del gobierno,
financiando los déficits fiscales del gobierno. Las autoridades del
BCV están matando a su propio hijo: el bolívar fuerte al entregarle al
gobierno las reservas internacionales del país y con ello debilitando
el signo monetario. Adicionalmente, como consecuencia de las
expropiaciones y confiscaciones de tierras en el sector agrícola, la
producción ha disminuido al punto tal que Venezuela hoy debe importar
rubros que antes exportaba como azúcar y café. La producción de leche
y carne ha disminuido en más de 20% en los últimos cinco años y ello
explica la escasez y los elevados precios. Debemos recordar que
insumos fundamentales como el acero, cemento, cabillas y aluminio son
monopolios estatales, y las empresas que los producen están quebradas
y esto explica que esos productos no se consigan y que exista un
mercado negro con precios exorbitantes.


En una economía se estima que existen más de 10.000 bienes y el
criterio para calificar a unos bienes de esenciales es totalmente
arbitrario. Un piano puede ser un lujo para alguien que no sea músico,
pero un objeto muy valioso para quien lo es. Ahora el tema del
gobierno es que quiere conocer y revisar la estructura de costos y en
ello se le va a ir todo el tiempo y no van a poder bajar la inflación
sin que discipline su gasto. Cuando hay estabilidad monetaria en un
país, seriedad en quienes dirigen la economía y un banco central
enfocado en su misión de velar por la estabilidad de precios, los
controles de precios son innecesarios. En la citada ley no se habla
del salario justo. ¿Por qué? Porque tendría entonces el gobierno que
aumentarlos de forma considerable para reponer la perdida de su
capacidad de compra.
http://www.analitica.com/va/economia/opinion/6304976.asp
joguerra@gmail.com
--
Brayan Campos

miércoles, 20 de julio de 2011

LEY DEL ESTATUTO SOBRE EL REGIMEN DE JUBILACIONES Y PENSIONES DE LOS FUNCIONARIOS O EMPLEADOS DE LA ADMINISTRACIÓN PUBLICA NACIONAL, DE LOS ESTADOS Y DE LOS MUNICIPIOS

CORTESÍA DE: PANTIN, RAMÍREZ & ASOCIADOS

E-MAIL: pantin@lawyer.com

TITULO I
Disposiciones Generales

Artículo 1.- La presente Ley regula el derecho a la jubilación y
pensión de los funcionarios y empleados de los organismos a que se
refiere el artículo 2.

Artículo 2.- Quedan sometidos a la presente Ley los siguientes organismos:

1. Los Ministerios, Oficinas Centrales de la Presidencia y demás
organismos de la Administración Central de la República.
2. La Procuraduría General de la República.
3. El Consejo Supremo Electoral.
4. El Consejo de la Judicatura.
5. La Contraloría General de la República.
6. La Fiscalía General de la República.
7. Los Estados y sus organismos descentralizados.
8. Los Municipios y sus organismos descentralizados.
9. Los Institutos Autónomos y las Empresas en las cuales alguno de
los organismos del sector público tengan por lo menos el 50% de su
capital.
10. Las Fundaciones del Estado.
11. Las personas jurídicas de derecho público con forma de
sociedades anónimas.
12. Los demás entes descentralizados de la Administración Pública
Nacional y de los Estados y los Municipios.

Artículo 3.- El derecho a la jubilación se adquiere mediante el
cumplimiento de los siguientes requisitos:

a) Cuando el funcionario o empleado haya alcanzado la edad de 60
años, si es hombre, o de 55 años si es mujer, siempre que hubiere
cumplido, por lo menos, 25 años de servicios; o,

b) Cuando el funcionario o empleado haya cumplido 35 años de
servicios, independientemente de la edad.

Parágrafo Primero: Para que nazca el derecho a la jubilación será
necesario en todo caso que el funcionario o empleado haya efectuado no
menos de 60 cotizaciones mensuales. De no reunir este requisito, la
persona que desee gozar de la jubilación deberá contribuir con la suma
única necesaria para completar el número mínimo de cotizaciones, la
cual será deducible de las prestaciones sociales que reciba al término
de su relación de trabajo, o deducible mensualmente de la pensión o
jubilación que reciba, en las condiciones que establezca el
Reglamento.

Parágrafo Segundo: Los años de servicio en exceso de veinticinco serán
tomados en cuenta como si fueran años de edad a los fines del
cumplimiento del requisito establecido en el literal a) de este
artículo, pero no para determinar el monto de la jubilación.

Artículo 4.- Quedan exceptuados de la aplicación de la presente Ley,
los organismos o categoría de funcionarios o empleados cuyo régimen de
jubilación o pensión esté consagrada en las Leyes nacionales y las
Empresas del Estado y demás personas de derecho público con forma de
sociedades anónimas que hayan establecido sistemas de jubilación o de
pensión en ejecución de dichas Leyes. En ambos casos deberán hacerse
contributivos en forma gradual y progresiva de acuerdo a las
respectivas leyes y en caso de que los beneficios sean inferiores a lo
dispuesto en esta Ley, se equipararán a los aquí establecidos. La
contribución en los supuestos a que se refiere este artículo podrá ser
hecha en forma mensual o al final de Ia relación laboral.

Artículo 5.- El Presidente de la República, en Consejo de Ministros,
podrá establecer requisitos de edad y tiempo de servicio distintos a
los previstos en la presente Ley para aquellos organismos o categorías
de funcionarios o empleados que por razones excepcionales, derivadas
de las características del servicio o riesgos para la salud así lo
justifiquen.

El régimen que se adopte deberá ser publicado en la Gaceta Oficial de
la República de Venezuela.

Artículo 6.- El Presidente de la República podrá acordar jubilaciones
especiales a funcionarios o empleados con más de quince años de
servicios, que no reúnan los requisitos de edad y tiempo de servicios
establecidos en el artículo anterior, cuando circunstancias
excepcionales así lo justifiquen. Estas jubilaciones se calcularán en
la forma indicada en el artículo 9 y se otorgarán mediante Resolución
motivada que se publicará en la Gaceta Oficial de la República de
Venezuela.

Artículo 7.- A los efectos de la presente Ley se entiende por sueldo
mensual del funcionario o empleado, el integrado por el sueldo básico
y las compensaciones por antigüedad y servicio eficiente. En el
Reglamento se podrán establecer otros elementos del sueldo, según las
características del organismo o del empleo.

Artículo 8.- El sueldo base para el cálculo de la jubilación se
obtendrá dividiendo entre 24, la suma de los sueldos mensuales
devengados por el funcionario o empleado durante los dos últimos años
de servicio activo.

Artículo 9.- El monto de la jubilación que corresponda al funcionario
o empleado será el resultado de aplicar al sueldo base, el porcentaje
que resulte de multiplicar los años de servicio por un coeficiente de
2,5.

La jubilación no podrá exceder del 80 por ciento del sueldo base.

Artículo 10.- La antigüedad en el servicio a ser tomada en cuenta para
el otorgamiento del beneficio de la jubilación será la que resulte de
computar los años de servicios prestados en forma ininterrumpida o no,
en organismos del sector público. La fracción mayor de ocho meses se
computará como un año de servicio.

A los efectos de este artículo se tomará en cuenta el tiempo de
servicio prestado como funcionario o como contratado, siempre que el
número de horas de trabajo diario sea al menos igual a la mitad de la
jornada ordinaria del organismo en el cual se prestó el servicio.
Cuando por la naturaleza misma del servicio rija un horario especial,
el organismo que otorgará el beneficio, deberá pronunciarse sobre los
extremos exigidos en este artículo.

Artículo 11.- El organismo respectivo podrá autorizar la continuación
en el servicio de las personas con derecho a la jubilación.

Sin embargo, el funcionario o empleado no podrá continuar en el
servicio activo una vez superado el límite máximo de edad establecido
en el artículo 3, salvo que se trate de los cargos de libre
nombramiento y remoción previstos en los ordinales 1 y 2 del artículo
4 de la Ley de Carrera Administrativa o de cargos de similar jerarquía
en los organismos no regidos por esa Ley, de cargos académicos,
accidentales, docentes y asistenciales.

Artículo 12.- El jubilado no podrá reingresar al servicio de ninguno
de los organismos a que se refiere el artículo 2, salvo cuando se
trate de los cargos mencionados en el artículo anterior.

Artículo 13.- El monto de la jubilación podrá ser revisado
periódicamente, tomando en cuenta el nivel de remuneración que para el
momento de la revisión tenga el último cargo que desempeñó el
jubilado. Los ajustes que resulten de esta revisión se publicarán en
la Gaceta Oficial de la República de Venezuela.

Artículo 14.- Los funcionarios o empleados sin derecho a jubilación
recibirán una pensión en caso de invalidez permanente, siempre que
hayan prestado servicios por un período no menor de tres años. El
monto de esta pensión no podrá ser mayor del 70 por ciento ni menor
del 50 por ciento de su último sueldo. Esta pensión la otorgará la
máxima autoridad del organismo al cual preste sus servicios. A los
efectos de este artículo la invalidez se determinará conforme al
criterio establecido en el artículo 13 de la Ley del Seguro Social.

Artículo 15.- La pensión de sobreviviente se causará por el
fallecimiento de un beneficiario de jubilación o de un empleado que a
la fecha de su muerte llenare los requisitos para tener derecho a la
jubilación.

No se otorgará más de una pensión por mérito de un solo causante.

Artículo 16.- Tendrán derecho por partes iguales a la pensión de
sobrevivientes los hijos y el cónyuge del causante que a la fecha de
la muerte de éste, cumplan las condiciones que a continuación se
especifican:

1. Los hijos de edad inferior o catorce años en todo caso, o
inferior a dieciocho años si cursaren estudios regulares, o de
cualquier edad si se encuentran totalmente incapacitados.
2. El cónyuge varón si fuere totalmente incapacitado o mayor de
sesenta años de edad.
3. El cónyuge hembra cualquiera que sea su edad. Iguales derechos y
obligaciones tendrá la concubina del causante.

Artículo 17.- El monto de la pensión de sobreviviente será igual al 75
por ciento de la jubilación correspondiente y se distribuirá por
partes iguales entre los beneficiarios.

El hijo póstumo se beneficiará de la pensión desde el día del
fallecimiento del causante.

Artículo 18.- Los derechos de los hijos a la cuota correspondiente de
pensión de sobreviviente cesarán cuando hubieren cumplido catorce
años, o dieciocho si fueren estudiantes, o cuando se emancipen o se
recuperen de su incapacidad.

Perderá igualmente el derecho a la pensión el cónyuge que contraiga
nuevas nupcias o establezca vida concubinaria.

Artículo 19.- A medida que cada beneficiario cese en el derecho de su
cuota de pensión de sobreviviente, dicha cuota se reducirá del monto
total de la pensión.

Artículo 20.- La Oficina Central de Personal elaborará y mantendrá
actualizado el Registro Nacional de Jubilados en conformidad con las
normas que al efecto establezca el Reglamento.

TITULO II

De las Cotizaciones y Aportes

Artículo 21.- Los funcionarios o empleados deberán cotizar
mensualmente. El monto de las cotizaciones no será menor del 1 por
ciento ni mayor del 10 por ciento de la remuneración; y lo fijará el
Reglamento de la presente Ley, sobre una base gradual y progresiva, en
relación al monto de dicha remuneración.

Artículo 22.- Los organismos a los cuales se aplica esta Ley están
obligados a aportar una cotización por un monto no inferior del que
pague por igual concepto el funcionario o empleado; además de una suma
única e igual al aporte del funcionario o empleado, en el supuesto
previsto en el parágrafo primero del artículo 3.

Artículo 23.- Cada organismo retendrá mensualmente la cotización que
debe cubrir el empleado y la depositará con el aporte del organismo
dentro de un plazo no mayor de cinco días hábiles a partir de la fecha
de la retención, en el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales,
el cual establecerá para los efectos de esta Ley, un Fondo Especial de
Jubilaciones, separado de los ya existentes. De igual modo retendrá,
cuando esa el caso, de las prestaciones sociales la parte faltante
para completar el número de cotizaciones y la depositará
inmediatamente, junto con su aporte, en dicho fondo, de acuerdo con el
parágrafo primero del artículo 3 de esta Ley.

Los recursos así obtenidos no podrán ser utilizados para fines
distintos al pago de las jubilaciones y pensiones a que se refiere la
presente Ley.

Estos recursos podrán ser colocados en Fideicomiso en el Banco Central
de Venezuela y su funcionamiento y administración estará a cargo de
una Comisión ad-hoc, con representación de los empleados y
funcionarios, cuya composición y atribuciones serán establecidas en el
Reglamento de la presente Ley.

TITULO III

Disposiciones Finales y Transitorias

Artículo 24.- Es incompatible el disfrute de la pensión de jubilación
con el sueldo proveniente del ejercicio de un cargo en alguno de los
organismos a que se refiere el artículo 2 de la presente Ley.

Artículo 25.- Los jubilados recibirán anualmente una bonificación de
fin de año calculada en la misma forma en que se haga para los
funcionarios o empleados activos y la cual será pagada en la
oportunidad en que lo determine el Ejecutivo Nacional.

Artículo 26.- Quedan en vigor las jubilaciones o pensiones acordadas
con anterioridad a la presente Ley.

Se entenderán renunciadas de pleno derecho las pensiones acordadas con
anterioridad si los sobrevivientes no concurrieran, en el término de
seis meses después de dictada la presente Ley, a comprobar su
supervivencia y cumplimiento de los requisitos necesarios.

Artículo 27.- Los regímenes de jubilaciones y pensiones establecidos a
través de convenios o contratos colectivos seguirán en plena vigencia
y en caso de que sus beneficios sean inferiores a lo establecido en
esta Ley, se equipararán a la misma. Estos regímenes se harán
contributivos en forma gradual y progresiva en los términos que
establezca el Reglamento, en la oportunidad en que se discutan los
convenios o contratos colectivos. La ampliación futura de esos
beneficios deberá ser autorizada por el Ejecutivo Nacional. Las
jubilaciones y pensiones a que se refiere este artículo, seguirán
siendo pagadas por los respectivos organismos. Los beneficios
salariales obtenidos a través de la contratación colectiva para los
trabajadores activos, se harán extensivos a los pensionados y
jubilados de los respectivos organismos.

Artículo 28.- Los organismos pagarán las jubilaciones y pensiones en
la forma en que lo han venido haciendo hasta que estén en capacidad de
realizarlo con los ingresos provenientes de las cotizaciones de los
funcionarios o empleados y de los aportes previstos en los artículos
21; y 22.

Artículo 29.- La presente Ley no afecta el régimen de contingencias y
prestaciones contempladas en el artículo 4 de la Ley del Seguro
Social.

Artículo 30.- A los efectos de esta Ley se reconoce todo el tiempo de
servicios prestados a los organismos mencionados en el artículo 2. Los
funcionarios o empleados en servicio activo para el momento de su
entrada en vigor, sólo estarán obligados a cotizar hasta el momento en
que ejerzan su derecho a la jubilación.

Artículo 31.- La presente Ley entrará en vigor desde la fecha de
publicación en la Gaceta Oficial. Las jubilaciones y pensiones se
comenzarán a pagar con cargo al fondo de jubilaciones a partir del 1
de enero de 1989. Hasta esa fecha, su pago seguirá a cargo del
respectivo organismo, de sus propios recursos.
Disposición Transitoria

Artículo 32.-Las cotizaciones y contribuciones retenidas desde el 1 de
enero del presente año hasta la fecha de entrada en vigencia de esta
reforma, así como los correspondientes aportes de los organismos,
serán transferidos por éstos, en un plazo no mayor de noventa (90)
días, contados a partir de la fecha de entrada en vigor de esta Ley,
al fondo especial de jubilaciones del Instituto Venezolano de los
Seguros Sociales establecido en el artículo 23 de la presente Ley.

Artículo 33.- Se deroga la Ley de Pensiones del 20 de junio de 1928.

CORTESÍA DE: PANTIN, RAMÍREZ & ASOCIADOS

E-MAIL: pantin@lawyer.com

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--
Brayan Campos

La nueva ley de pensiones en Venezuela

Recientemente entró en vigencia la nueva ley que regula el Subsistema
de Pensiones en Venezuela. Conozca sus disposiciones y de qué modos
afectará su futuro.

Aspectos generales

La nueva ley tiene por objeto regular el Subsistema de Pensiones,
conformado por los regímenes de Capitalización Individual y de
Solidaridad Intergeneracional en los cuales participan, de acuerdo con
sus ingresos, todos los afiliados, y el régimen de los Riesgos
Laborales a cargo del empleador. El Subsistema de Pensiones otorgará
prestaciones en dinero para atender las contingencias de vejez,
invalidez, incapacidad, sobrevivencia, nupcialidad y asistencia
funeraria.

Las prestaciones en dinero otorgadas de conformidad con esta Ley, así
como todos los contratos relacionados con el otorgamiento o
financiamiento de dichas prestaciones, tendrán carácter personal,
serán intransferibles e inembargables.

Beneficiarios

Estarán amparados por esta Ley, siempre que cumplan con los requisitos
en él establecidos, las siguientes personas:

1. Los trabajadores al servicio del Estado;
2. Los trabajadores dependientes y no dependientes del sector privado; y
3. Los familiares y beneficiarios calificados de los afiliados.

Regímenes Especiales. Un régimen especial obligatorio regulará la
afiliación de los trabajadores ocasionales, eventuales, domésticos y
de los trabajadores del sector rural al Subsistema de Pensiones,
estableciéndose para cada caso los requisitos de afiliación,
beneficios, cotizaciones y demás condiciones necesarias. Hasta tanto
no se reglamenten estos regímenes especiales, los trabajadores
mencionados pueden afiliarse voluntariamente al Subsistema de
Pensiones, según los procedimientos y el régimen aplicable para los
trabajadores no dependientes.

Exceptuados. Quedan exceptuados de esta Ley:

1. Los actuales pensionados por vejez e invalidez del Instituto
Venezolano de los Seguros Sociales;
2. Los que tengan derecho a una pensión de vejez e invalidez del
Instituto Venezolano de los Seguros Sociales al 31 de diciembre de
1999;
3. Los miembros activos y en situación de retiro de las Fuerzas
Armadas Nacionales; y
4. Los trabajadores al servicio del Estado actualmente jubilados o pensionados.

Afiliación
El ingreso al Subsistema de Pensiones se realizará, en el caso de los
trabajadores dependientes, a través de la afiliación única y
obligatoria en el Sistema de Seguridad Social Integral,
correspondiéndole al empleador el deber de inscribir al trabajador y a
sus familiares calificados en el Servicio de Registro e Información de
la Seguridad Social Integral, dentro de los dos días (2) hábiles
siguientes a la fecha de inicio de la relación de trabajo.

Los trabajadores no dependientes podrán ingresar al Subsistema de
Pensiones cumpliendo con el requisito de inscripción personal y de sus
familiares calificados, ante el Servicio de Registro e Información de
la Seguridad Social Integral.

Inscripción en la Administradora de Fondos de Pensiones. Dentro de los
dos (2) días hábiles siguientes a la afiliación, el trabajador deberá
celebrar el contrato de administración con la Administradora de Fondos
de Pensiones con la cual establecerá la relación jurídica que
determinará los derechos y obligaciones previstos en esta Ley. El
empleador deberá informar a sus trabajadores dependientes el plazo
previsto en este artículo y deberá suministrarles una lista de las
Administradoras de Fondos de Pensiones.

Inscripción inicial en las Administradoras de Fondos de Pensiones. En
caso que el trabajador bajo relación de dependencia no seleccione la
Administradora de Fondos de Pensiones, el empleador procederá a
realizar la afiliación en nombre de aquél.

Dicha afiliación surtirá efectos por un período de tres (3) meses
contados a partir de la celebración del contrato, pudiendo prorrogarse
por un período similar y por una sola vez, si el trabajador no
manifestare lo contrario.

Libre elección y garantía de permanencia. El trabajador tendrá derecho
a la libre elección de la Administradora de Fondos de Pensiones.

Las Administradoras de Fondos de Pensiones están en la obligación de
inscribir a todos los trabajadores que lo soliciten, sin
discriminación alguna, garantizando su permanencia, hasta tanto
manifestaren lo contrario.

Los empleadores tendrán la obligación de informar al trabajador, a
través de medios efectivos, de su derecho a la libre elección, que
deberá ejercer dentro del período señalado. Sólo en el caso de que
vencido el referido lapso y no habiendo el trabajador cumplido su
obligación de contratar con la administradora libremente escogida,
podrá el empleador proceder de acuerdo con lo establecido en el
artículo 8 de esta Ley. Serán nulos y no producirán efectos legales ni
de ninguna otra naturaleza, entre las partes ni frente a terceros,
promesas y cualesquiera otros actos, escritos o verbales, bajo los
cuales el trabajador haya aceptado renunciar, limitar o restringir su
derecho a la libre escogencia.

Limitaciones. Los trabajadores no podrán contratar simultáneamente con
más de una Administradora de Fondos de Pensiones, aún cuando presten
sus servicios a varios empleadores.

Traslados entre Administradoras de Fondos de Pensiones. Los traslados
que efectúe el afiliado de una Administradora de Fondos de Pensiones a
otra no implicarán la pérdida de los períodos de cotización que
hubiese acumulado.

El afiliado podrá solicitar el traslado de una administradora a otra,
cuando así lo considere conveniente, siempre que hubiere permanecido
por lo menos un (1) año en esa Administradora de Fondos de Pensiones,
el cual se computará desde la fecha de la primera cotización.

Cuando el afiliado decida el traslado de una Administradora de Fondos
de Pensiones a otra, la primera deberá suministrarle un certificado de
traspaso, el cual deberá ser entregado dentro del lapso que establezca
el Reglamento. El afiliado cotizante deberá entregar personalmente el
certificado de traspaso, en una oficina de la administradora
seleccionada para efectuar el traslado y la afiliación en cuestión.

Dicho certificado deberá expresar la fecha de afiliación del
trabajador a la Administradora de Fondos de Pensiones, el número de
cotizaciones, el capital acumulado en la cuenta de capitalización
individual y el valor de la cuota del último día del traspaso del
fondo.

Las Administradoras de Fondos de Pensiones tendrán a su cargo el costo
de los traslados que efectúen los afiliados.

Aportes

Cotización obligatoria. El cálculo de la cotización para el
financiamiento de las contingencias del subsistema de pensiones se
realizará sobre el salario normal de los trabajadores dependientes, o
ingresos percibidos por trabajadores no dependientes hasta un máximo
de veinte salarios mínimos vigentes mensuales.

Las cotizaciones al subsistema de pensiones se causarán mensualmente y
se determinarán tomando como base el salario devengado por el
trabajador en dicho período cuando se trate de un trabajador bajo
relación de dependencia.

Aportes voluntarios. Los aportes voluntarios serán los que efectúe
libremente el afiliado, independiente a la cotización obligatoria, y
tendrá como objetivo único aumentar la pensión o adelantar su retiro.
Al momento del retiro, el afiliado podrá disponer libremente del saldo
acumulado correspondiente a los aportes voluntarios. Dichos aportes
serán inembargables.

Podrá igualmente el afiliado realizar aportes voluntarios en una
subcuenta especial, de los cuales dispondrá libremente, según lo
estipulado en las condiciones previstas en el contrato suscrito con la
Administradora de Fondos de Pensiones. Dicha subcuenta no gozará de la
prerrogativa prevista en el artículo 24 de la Ley Orgánica del Sistema
de Seguridad Social Integral (es decir que podrán ser embargados), y
las comisiones derivadas de su administración serán libremente
pactadas entre el afiliado y la Administradora de Fondos de Pensiones.

Salario Mixto. Si además del salario fijo recibiere el trabajador
otras retribuciones de cuantía variable que procedan de su actividad
regular y permanente y no puedan ser previamente conocidas, el salario
normal sobre el cual se pagarán las cotizaciones se determinará
sumando el salario fijo al promedio que resulte de tales retribuciones
variables, que hubiere percibido el trabajador en el mes de labores
inmediatamente anterior.

Salario Variable. Cuando se trate de trabajadores a destajo, a
comisión y en general, de aquellos que reciban cualquier otro tipo de
remuneración, cuyo monto no se conozca por anticipado, el salario
normal sobre el cual deberán cotizar se determinará de la siguiente
forma:

1. Si ha laborado durante un (1) año o más, se computará la cuantía
del salario por el promedio de las percepciones obtenidas en los doce
(12) meses anteriores;
2. Si ha trabajado más de seis (6) meses, pero menos de un (1) año,
cotizará por el promedio del tiempo trabajado y al completar el año de
servicios, se determinará el nuevo promedio, de acuerdo a lo
establecido en el numeral 1; y
3. Si ha laborado menos de seis (6) meses, la cotización de cada mes
se determinará por el salario del mes anterior y al finalizar el
semestre de servicio, se tomará el promedio para los seis (6) meses
siguientes, cumplidos los cuales se aplicará lo establecido en el
numeral 1.

Tasa de cotización. La tasa de cotización aplicable sobre la base
contributiva será del doce por ciento (12%), para quienes devenguen
salarios o ingresos inferiores a cuatro (4) salarios mínimos vigentes
mensuales, y de trece por ciento (13%) para quienes devenguen salarios
o ingresos iguales o superiores a cuatro (4) salarios mínimos vigentes
mensuales, siendo en ambos casos a cargo del empleador el setenta y
cinco por ciento (75%) de dicha tasa y el veinticinco por ciento (25%)
restante por cuenta del trabajador bajo relación de dependencia.

Dicha cotización se distribuirá de la manera siguiente:

En el caso de quienes devenguen salarios o ingresos inferiores a
cuatro (4) salarios mínimos vigentes mensuales, un once por ciento
(11%) se destinará a la cuenta de capitalización individual del
trabajador y el uno por ciento (1%) restante al Fondo de Solidaridad
Intergeneracional. Quienes devenguen salarios o ingresos iguales o
superiores a cuatro (4) salarios mínimos vigentes mensuales, un once
por ciento (11%) se destinará a la cuenta de capitalización individual
del trabajador y el dos por ciento (2%) restante al Fondo de
Solidaridad Intergeneracional.

En caso del trabajador no dependiente, estará a su cargo el cien por
ciento (100%) de la tasa de cotización.

La tasa de cotización para el Subsistema de Pensiones se revisará cada
dos años (2) a fin de determinar si se mantiene, aumenta o disminuye
el porcentaje establecido.

Comisiones
La Administradora de Fondos de Pensiones percibirá por la prestación
de sus servicios una retribución por concepto de comisión.

Estas comisiones estarán destinadas al pago a la Administradora de
Fondos de Pensiones por el manejo de las cuentas de capitalización
individual, la administración del Fondo de Pensiones y los gastos
derivados de ésta, y del pago de las primas por seguros de invalidez,
incapacidad, sobrevivencia, nupcialidad y asistencia funeraria.
Las comisiones serán establecidas libremente por cada administradora
dentro de los límites que se señalan, con carácter uniforme para todos
sus afiliados.

Las administradoras podrán establecer comisiones sólo por los
siguientes servicios:

1. Por la administración de las cuentas de capitalización individual y
contratación de seguros de sobrevivencia, nupcialidad, asistencia
funeraria, invalidez e incapacidad parcial permanente, provenientes de
accidentes o enfermedades no profesionales. Esta comisión podrá
establecerse como un porcentaje no mayor del tres y tres cuarto por
ciento (3 ¾ %) de la base de cotización.
2. Por la administración y erogación de una renta temporal nivelada o
creciente contratada con un seguro de renta vitalicia en los términos
establecidos en el artículo 79 de esta Ley. Dicha comisión sólo podrá
establecerse sobre la base de un porcentaje de la pensión mensual, que
no podrá exceder del uno y medio por ciento (1½ %) del valor mensual
de la misma.
3. Por gastos de administración de cuentas de capitalización
individual, inactivas por más de 9 meses ininterrumpidos, con saldos
superiores a 20 salarios mínimos. La Administradora podrá descontar de
la rentabilidad anual de la cuenta hasta el 5% de dicha rentabilidad,
descuento que no deberá superar en todo caso, el uno y medio por
ciento (1 ½%) de la base de cotización.

Las comisiones así determinadas deberán ser informadas a los afiliados
y a la Superintendencia del Subsistema de Pensiones, al menos
mensualmente, en la forma que ésta lo señale, y las modificaciones de
dichas comisiones regirán noventa días (90) después de su
comunicación, exceptuando las de inicio de operaciones de cada
Administradora. La comisión deberá ser comunicada indicando por
separado el porcentaje que corresponde a los contratos del seguro.

Será a cargo del empleador el setenta y cinco por ciento (75%) de
dicha comisión y el veinticinco por ciento (25%) restante por cuenta
del trabajador bajo relación de dependencia.

En caso del trabajador no dependiente, estará a su cargo el cien por
ciento (100%) de dicha comisión.


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Brayan Campos

¿Qué es el Registro Nacional de Empresas y Establecimientos? Art. 1

La Resolución del Ministerio del Trabajo Nº 4524, de fecha 21 de marzo
de 2006, publicada en la Gaceta Oficial Nº 38.402 de la misma fecha,
establece la creación del Registro Nacional de Empresas y
Establecimientos (RNEE).

¿Qué es el Registro Nacional de Empresas y Establecimientos? Art. 1

Se trata de un registro:
Único
Público
Obligatorio
Servirá de base para el otorgamiento y revocatoria de la Solvencia Laboral

¿Quiénes están obligados a inscribirse? Art. 2.
Absolutamente todos los empleadores del sector formal, sin importar su
rama de actividad o número de trabajadores.

¿Para que se requiere la Inscripción en el Registro Nacional de
Empresas? Art. 1.

Es indispensable para el otorgamiento de la Solvencia Laboral.

¿Cómo se efectúa la inscripción en el Registro Nacional de Empresas?

1.- El Representante del Establecimiento (Art. 50 de la Ley Orgánica
del Trabajo), deberá llenar la Solicitud de Inscripción a través del
"Sistema de Registro Nacional de Empresas y Establecimientos,
disponible en la página Web del Ministerio del Trabajo
www.mintra.gov.ve ( a la fecha de elaboración del presente Juristip,
todavía no está disponible).

2.- En la fecha fijada por el respectivo Sistema deberá consignar los
recaudos exigidos, ante la Oficina del Ministerio del Trabajo, que se
le indique, de acuerdo al domicilio señalado en los Estatutos Sociales
de la Compañía.

¿Qué recaudos deben acompañarse?

El Representante de la Empresa que tramitó la Solicitud, debe
presentarse ante la referida Oficina, con los siguientes recaudos:

1.- Dos impresiones de la Solicitud de Inscripción.


2.- Copia del documento constitutivo, última reforma estatutaria y
designación de la Junta Directiva vigente.

3.- Copia del RIF y del NIT.

4.- "Cédula del Patrono o Empresa" (Forma 14-01) expedida por el IVSS,
o "Constancia de No Afiliado", tanto de la empresa Solicitante, como
de las Sucursales.

5.- Comprobante de Inscripción en el Registro Nacional de Aportantes
(RNA), llevado por el INCE.

6.- Constancia de Afiliación al Fondo de Ahorro Obligatorio para la
Vivienda, expedida por la entidad bancaria, u Oficio de Empresa No
Afiliada, expedida por el CONAVI.

7.- Copia del Certificado de Registro de Inscripción ante la
Superintendencia Nacional de Cooperativas (SUNACOOP), si fuere el
caso.

8.- Nómina de Trabajadores, impresa en el formato de nómina, dispuesto
a tal efecto en la página Web del Ministerio del Trabajo.

Procedimiento ante el Ministerio del Trabajo:

1.- El funcionario del trabajo constatará que los recaudos cumplen
estrictamente con lo ordenado en la Resolución.

2.- De ser procedentes, los remitirá al Funcionario responsable del
Registro, a los fines de su verificación y apertura del expediente.

3.- En caso de alguna omisión o incumplimiento, se lo comunicará, por
escrito, al Solicitante, concediéndole un plazo no mayor de 15 días
hábiles, para su subsanación.

4.- Verificado el cumplimiento de todos los requisitos, el Funcionario
procederá a cotejar los datos aportados en la Solicitud, con el
contenido de los documentos consignados.

5.- El Funcionario procederá a generar el Certificado del Número de
Identificación Laboral (NIL), en el cual se hará constar que la
empresa se encuentra inscrita en el Registro Nacional de Empresas y
Establecimientos.

6.- El Funcionario responsable del Registro, validará el NIL.

Facultad Verificadora de los Funcionarios del Ministerio del Trabajo:
Los Funcionarios del Ministerio del Trabajo, quedan facultados para
verificar la veracidad de los datos y documentos consignados ante el
RNEE.

En caso de detectar alteración o falsedad, revocará el NIL.

Inscripción de Sucursales:
La inscripción de sucursales se hará en la misma oportunidad de la
inscripción de la principal.

Si la apertura de la sucursal ocurriere con posterioridad, la
inscripción de éstas, se realizará dentro de los 15 días hábiles
siguientes al inicio de sus operaciones, debiendo llenar la Solicitud
de Inscripción de Sucursales.

Actualización del Registro:
Cada vez que exista una modificación en la información suministrada
originalmente, el representante de la empresa deberá llenar la
Solicitud de Actualización, a través de la página Web del Ministerio
del Trabajo, y consignará los nuevos recaudos en la fecha fijada por
el Sistema.

Declaración Trimestral:
Dentro de los 15 días hábiles a la terminación de cada trimestre, el
empleador deberá, a través del formato Declaración Trimestral,
suministrar la información relativa a:
1. Empleo
2. Horas Trabajadas
3. Salarios Pagados.

Lapso para la Inscripción o Actualización:
Los empleadores deberán solicitar su inscripción dentro de los 120
días hábiles siguientes al 21 de Marzo de 2005, fecha de publicación
de la Resolución Nº 4524, en la Gaceta Oficial.

Los empleadores ya inscritos de acuerdo con la Resolución Nº 2921 del
14/04/98, deberán actualizar sus datos, de acuerdo al procedimiento
anteriormente señalado.

Las empresas que realicen su inscripción, deberán efectuar su primera
actualización de datos, dentro de los 15 días hábiles siguientes al
vencimiento del segundo trimestre del presente año.

La Solvencia Laboral

Solo podrán solicitar la Solvencia Laboral, las empresas o
Establecimientos debidamente inscritos en el Registro Nacional de
Empresas y Establecimientos.

¿Cuándo se requiere la Solvencia Laboral?
La empresa deberá solicitar la expedición de la Solvencia Laboral,
para cada contrato, convenio o acuerdo que pretenda suscribir con
cualquier órgano, ente o empresa del Estado.

Ámbito y Vigencia de la Solvencia:
Tendrá una vigencia de un año, contado a partir de la fecha de
emisión, en todo el territorio nacional.

Procedimiento para la Solicitud, Otorgamiento y Negativa de la
Solvencia Laboral:
El representante de la empresa (Art. 50 de la Ley Orgánica del Trabajo), deberá:

1.- Llenar la Solicitud de Solvencia Laboral, a través del Sistema de
Registro Nacional de Empresas y Establecimientos, disponible en la
página Web del Ministerio del Trabajo, indicando los datos
correspondientes a las solvencias previamente otorgadas por el INCE y
el CONAVI.

2.- El Funcionario del trabajo dispondrá de 5 días hábiles para
otorgar o negar la Solvencia, a partir de la fecha de la solicitud.

3.- La Solvencia deberá ser retirada ante la Oficina del Ministerio
del Trabajo que le sea indicada, de acuerdo al domicilio de la empresa
señalado en sus Estatutos.

4.- Deberá consignar en esa oportunidad, la Solicitud emitida por el
Sistema, impresa y firmada por el Representante Legal de la empresa.

5.- El retiro de la Solvencia puede ser hecho por la persona
debidamente autorizada de acuerdo con lo establecido por la Ley
Orgánica de Procedimientos Administrativos.

Comprobación de las obligaciones derivadas de la Seguridad Social:

Para el otorgamiento de la Solvencia, el Funcionario del Trabajo
deberá comprobar previamente, que la empresa se encuentra solvente con
las obligaciones derivadas del Sistema de Seguridad Social, a través
de consultas a los diferentes organismos y entes competentes en cada
materia.

Verificación de Validez y Vigencia de la Solvencia:
El Ministerio del Trabajo pondrá disposición de los entes, organismos
y empresas del Estado, los medios de consulta necesarios que permitan
a éstos verificar la validez o vigencia de la Solvencia Laboral
presentada por las empresas.

Negativa y Revocatoria de la Solvencia Laboral:
El Inspector del Trabajo puede negar o revocar la Solvencia, debiendo
informarlo por escrito al representante de la empresa, indicando los
motivos en los cuales basa su decisión.

Los motivos por los cuales se negará o revocará la Solvencia, son los
siguientes:

1) No cumpla con la obligación de la Declaración Trimestral.
2) Desacate las órdenes impartidas por los funcionarios competentes en
materia de supervisión e inspección del trabajo relativas a
obligaciones laborales fundamentales, y de la seguridad social.
3) Desacate cualquier decisión emanada de los Tribunales del Trabajo o
la Seguridad Social.
Los Procuradores del Trabajo mantendrán actualizado a estos fines, las
sentencias dictadas por los Tribunales del Trabajo, que no hayan sido
acatadas por los empleadores.
Cualquier interesado podrá informar al Ministerio del Trabajo sobre
estas situaciones.
4) Incumpla con alguna Resolución, acto o decisión del Ministerio del Trabajo.
5) Se haya negado a cumplir con alguna Providencia Administrativa o
cautelar, de reenganche y pago de salarios caídos, o cualquier otra
decisión de la Inspectoría del Trabajo.
6) Desacate cualquier observación realizada por los funcionarios de
supervisión e inspección del trabajo.
7) Incumpla cualquier observación o requerimiento, dictado por el IVSS
o INPSASEL.
8) Incumpla cualquier decisión de los tribunales con competencia en
materia de trabajo o seguridad social.
9) No cumpla oportunamente con las cotizaciones y demás aportes al
Sistema de Seguridad Social (Paro Forzoso, Política Habitacional).
10) Menoscabe los derechos sindicales de Negociación Colectiva y Huelga.

¿Cuándo y Quienes pueden pedir la Revocatoria de la Solvencia Laboral?

En cualquier momento, cualquier persona podrá denunciar estas
situaciones ante las autoridades competentes.

El Ministerio del Trabajo las procesará bajo los principios de
transparencia y buena fe, garantizando el derecho a la defensa y el
debido proceso.

Recursos ante la Negativa o Revocatoria:
Contra la negativa o revocatoria de la Solvencia, el afectado podrá
interponer los recursos previstos en la Ley Orgánica de Procedimientos
Administrativos, o sea el Recurso de Reconsideración ante el mismo
Funcionario que negó o revocó la Solvencia, y el Recurso Jerárquico
ante el Ministro del Trabajo.


--
Brayan Campos

Solvencia Laboral

Publicado por Carlos el Sábado, 25 de marzo del 2006, a las 18:23.

En este post estaremos definiendo la solvencia laboral y en otros
subsecuentes expondremos más instrumentos que atañen la materia
laboral venezolana. El 30 de enero del año 2006 se emana el decre..
En este post estaremos definiendo la solvencia laboral y en otros
subsecuentes expondremos más instrumentos que atañen la materia
laboral venezolana.

El 30 de enero del año 2006 se emana el decreto 4.248 en donde queda
establecida la Solvencia Laboral como instrumento de control de parte
del estado por medio del Ministerio del Trabajo, y la misma esta
dirigida a empresas y cooperativas que quieran realizar negocios con
entes y empresas del Estado Venezolano.

¿Qué es la Solvencia Laboral?

Según el artículo segundo del decreto 4248 se establece que la
solvencia laboral es un documento administrativo emanado del
Ministerio del Trabajo que certifica que el patrono o patrona respeta
efectivamente los derechos humanos laborales y sindicales de sus
trabajadores y trabajadoras, el cual constituye un requisito
imprescindible para celebrar contratos, convenios y acuerdos con el
Estado.

La solvencia Laboral es de carácter obligatorio para aquellas empresas
y cooperativas que quieran celebrar contratos, convenios o acuerdos
con órganos, entes y empresas del Estado, la cual constituye un
requisito indispensable para:

* Solicitar créditos provenientes del sistema financiero público.

* Acceder al Sistema Nacional de Garantías, Fondo de Riesgo y
Sociedad de Capital de Riesgo;

* Recibir asistencia técnica y servicios no financieros;

* Participar en los programas de compras del Estado, Ruedas y
Macro Ruedas de Negocios, nacionales e internacionales;

* Renegociar deudas con el Estado;

* Recibir apoyo y protección integral para la innovación y
ampliación tecnológica;

* Solicitar recursos que favorezcan la importación de materias
primas, insumos y/o tecnologías dirigidos a mejorar y ampliar la
producción;

* Participar en procesos de licitación;

* Tramitar y recibir divisas de la administración pública;

* Solicitar para su aprobación el otorgamiento de permisos o
licencias de importación y exportación.


En el artículo cuarto se establece que La solicitud de solvencia
laboral será presentada por los patronos o patronas ante la
Inspectoría del Trabajo competente y tendrá una vigencia de un (1)
año. El Inspector del Trabajo negará o revocará la solvencia laboral
cuando el patrono o patrona:

* Incumpla una Resolución del Ministro o Ministra del Trabajo o
cualquier otro acto o decisión dictada por éste o ésta en el ámbito de
sus competencias;

* Se niegue a cumplir efectivamente la providencia administrativa
o cautelar de reenganche y pago de salarios caídos, así como cualquier
otra orden o decisión que dicte la Inspectoría del Trabajo en el
ámbito de su competencia;

* Desacate cualquier observación realizada por los funcionarios
competentes en materia de supervisión e inspección del trabajo;

* Incumpla cualquier observación o requerimiento dictado por el
Instituto Venezolano de los Seguros Sociales o el Instituto Nacional
de Prevención, Seguridad y Salud Laborales en el ámbito de su
competencia.

* Incumpla una decisión de los tribunales con competencia en
materia del trabajo o la seguridad social;

* No cumpla oportunamente con las cotizaciones y demás aportes al
Sistema de Seguridad Social;

* Menoscabe los derechos de libertad sindical, negociación
colectiva voluntaria o de huelga.


Y para su revocatoria según lo establecido en su articulo quinto: El
Inspector del Trabajo revocará la solvencia laboral al patrono o
patrona que incurra en los supuestos indicados en la disposición
precedente. A tal efecto, cualquier persona podrá denunciar estas
situaciones ante las autoridades competentes.
http://www.venelogia.com/archivos/863/
--
Brayan Campos

LEY DE POLÍTICA HABITACIONAL

Preguntas Frecuentes.
Gran Misión Vivienda Venezuela
Créditos con recursos del Fondo de Ahorro Obligatorio para la Vivienda

Ahora usted podrá conocer las respuestas a las preguntas más
frecuentes sobre la Ley de Política Habitacional.
viñeta

¿A dónde debo dirigirme si deseo optar por un crédito de Política Habitacional?
viñeta

¿Cuáles son los requisitos para adquirir una vivienda con los recursos
del Fondo Mutual Habitacional?
viñeta

¿Se puede traspasar un crédito de Política Habitacional a un tercero?
viñeta

¿Qué pasa con las cotizaciones que he realizado al Fondo Mutual
Habitacional, si no hago uso de las mismas?
viñeta

¿Dónde se encuentran mis depósitos del FMH?
viñeta

¿Cómo puedo conocer mi saldo de Política Habitacional?
viñeta

¿Cuántas cotizaciones debo realizar para solicitar un crédito con los
recursos del Fondo Mutual Habitacional?
viñeta

¿Cuál es el Monto de Inicial que necesito si mis ingresos familiares
son hasta cincuenta y cinco unidades tributarias (55 UT) al momento de
solicitar un crédito de Política Habitacional?
viñeta

¿Cuál es el Monto de Inicial que necesito si mis ingresos familiares
son mayores de cincuenta y cinco unidades tributarias (55 UT) y hasta
ciento cincuenta unidades tributarias (150 UT) al momento de solicitar
un crédito de Política Habitacional?
viñeta

¿Qué debo hacer para cotizar al Fondo Mutual Habitacional si trabajo
por mi cuenta?
viñeta

¿Qué cubre el Fondo de Garantía?
viñeta

¿Cuál es la cobertura del Fondo de Rescate?
viñeta

¿Cuándo comienzo a disfrutar del beneficio de cobertura del Fondo de Garantía?

¿A dónde debo dirigirme si deseo optar por un crédito de Política Habitacional?

INSTITUCIONES FINANCIERAS OPERADORAS

viñeta

Banco de Venezuela
viñeta

Banco Mercantil
viñeta

Banco Hipotecario Latinoamericano
viñeta

Banco Sofitasa
viñeta

Banesco Banco Universal
viñeta

Corp Banca
viñeta

Norval Bank
viñeta

Provivienda EAP
viñeta

Casa Propia EAP
viñeta

Fondo Común Banco Universal
viñeta

Central EAP
viñeta

Del Sur Banco Universal
viñeta

Mi Casa EAP
viñeta

Banco Canarias de Venezuela

¿Qué debo hacer para cotizar al Fondo Mutual Habitacional si trabajo
por mi cuenta?

COTIZAR AL FMH TRABAJANDO POR MI CUENTA

Debe realizar mensual y consecutivamente depósitos equivalentes al
tres por ciento de sus ingresos promedios mensuales en las
Instituciones Financieras regidas por la Ley General de Bancos y otras
Instituciones Financieras y por la Ley del Sistema Nacional de Ahorro
y Préstamo. Necesita tener como mínimo doce (12) cotizaciones
mensuales.

Deberá realizar una declaración jurada en donde haga constar el monto
anual de la totalidad de sus ingresos y un promedio de ingresos
mensuales, a los fines de indicar la base para el cálculo de sus
aportes mensuales. Esta declaración deberá ser entregada ante la
institución financiera a través de la cual decida afiliarse o
solicitar un crédito.

¿Qué cubre el Fondo de Garantía?

COBERTURA DE FONDO DE GARANTÍA

El Fondo de Garantía cubre:

viñeta

En el caso de Fallecimiento del Prestatario, el saldo deudor del préstamo.
viñeta

En el caso de Daños al inmueble ocasionados por incendio,
inundaciones, terremoto y otros de naturaleza similar, el monto de los
daños con base al avalúo aprobado por Banap, hasta el límite que no
exceda el monto original del préstamo o el saldo deudor del préstamo,
el mayor de los dos.
viñeta

En el caso de Insolvencia del deudor, los conceptos y límites
establecidos en la Ley del Subsistema de Vivienda y Política
Habitacional.

¿Cuál es la cobertura del Fondo de Rescate?

COBERTURA DEL FONDO DE RESCATE

El Fondo de Rescate cubre el saldo deudor del préstamo al vencimiento
del plazo del préstamo, una vez aplicado el monto del Fondo Mutual
Habitacional acumulado por el prestatario, como consecuencia de la
aplicación del mecanismo de refinanciamiento definido en la Ley que
regula el Subsistema de Vivienda y Política Habitacional.

¿Cuándo comienzo a disfrutar del beneficio de cobertura del Fondo de Garantía?

BENEFICIOS DE LA COBERTURA DE FONDO DE GARANTÍA

Al momento de cancelar la prima del Fondo de Garantía, que es incluida
en la cuota mensual financiera del préstamo.

¿Cuáles son los requisitos para adquirir una vivienda con los recursos
del Fondo Mutual Habitacional?

REQUISITOS PARA ADQUIRIR UNA VIVIENDA CON LPH

viñeta

Ser venezolano o extranjero residente en Venezuela por más de cinco
años ininterrumpidos.
viñeta

Ser padre o madre de un venezolano.
viñeta

Ser cotizante del Fondo Mutual Habitacional.
viñeta

Tener un mínimo de doce (12) cotizaciones mensuales.
viñeta

No poseer vivienda principal.
viñeta

Presentar declaración jurada en la cual manifieste que habitará la vivienda.

¿Se puede traspasar un crédito de Política Habitacional a un tercero?

TRASPASO DE CRÉDITO LPH A UN TERCERO

Sí, siempre que el acreedor hipotecario autorice el traspaso de la
hipoteca a una persona que califique, de acuerdo a los requisitos
exigidos en la Ley del Subsistema de Vivienda y Política Habitacional
y sus Normas de Operación.

¿Qué pasa con las cotizaciones que he realizado al Fondo Mutual
Habitacional, si no hago uso de las mismas?

COTIZACIONES AL FMH SIN USO DE LAS MISMAS

Puedes ceder total o parcialmente tus haberes a favor de otro
cotizante del Fondo Mutual Habitacional, siempre y cuando no seas
beneficiario de un crédito otorgado con recursos del Subsistema de
Vivienda y Política Habitacional.

También puedes cederlos a favor del Fondo de Aportes del Sector
Público, a través de uno de los Programas No Reproductivos que ofrece.

Si eres jubilado, pensionado por incapacidad o mayor de 60 años de
edad, puedes solicitar el retiro de tus haberes, a menos que tengas un
préstamo otorgado con los recursos del Subsistema de Vivienda y
Política Habitacional.

¿Dónde se encuentran mis depósitos del FMH?

UBICACIÓN DE LOS DEPÓSITOS DEL FMH

Las Instituciones Financieras calificadas recaudan los aportes y deben
depositarlos al Fondo Mutual Habitacional, el cual está administrado
por Banap.

¿Cómo puedo conocer mi saldo de Política Habitacional?

SALDO DE LOS DEPÓSITOS DEL FMH

Si usted está empleado, su patrono tiene la obligación de informarle
en cuál Institución Financiera realiza los depósitos. En sus recibos
de pago debe especificarse su aporte y el de su patrono. Para conocer
su saldo deberá dirigirse a esa Institución Financiera y solicitar su
estado de cuenta.

¿Cuántas cotizaciones debo realizar para solicitar un crédito con los
recursos del Fondo Mutual Habitacional?

NÚMERO DE COTIZACIONES REQUERIDAS PARA SOLICITAR UN CRÉDITO LPH

Se necesita tener como mínimo doce (12) cotizaciones mensuales.

¿Cuál es el Monto de Inicial que necesito si mis ingresos familiares
son hasta cincuenta y cinco unidades tributarias (55 UT) al momento de
solicitar un crédito de Política Habitacional?

MONTO INICIAL PARA SOLICITAR UN CRÉDITO LPH

Si sus ingresos mensuales familiares son menores a 55 UT, usted debe
tener para la cuota inicial el equivalente al 36% de sus ingresos
mensuales.

¿Cuál es el Monto de Inicial que necesito si mis ingresos familiares
son mayores de cincuenta y cinco unidades tributarias (55 UT) y hasta
ciento cincuenta unidades tributarias (150 UT) al momento de solicitar
un crédito de Política Habitacional?

MONTO INICIAL PARA SOLICITAR UN CRÉDITO LPH

Si sus ingresos familiares son mayores de 55 UT y menores de 150 UT,
usted debe tener para la cuota inicial el equivalente al 20% del valor
de adquisición de la vivienda.

http://inmueblescaracas.com.ve/tips/politicahabi.htm
--
Brayan Campos

martes, 19 de julio de 2011

Brayan1973.campos ...VACUNA ANTIVEJEZ

 

 

 

 

VAC-ANTI AGE

VACUNA  ANTI VEJEZ

La inyección que dejó atrás el proceso de envejecimiento humano

 Anti-Ageing Vaccine

Der Impfstoff gegen das Alter

Retrasa  el Envejecimiento Biológico de 10  a  20  años.

A Injeção que deixou o processo de envelhecer do organismo humano atrás.      

Die Injektion, die den Alterungsprozess des menschlichen Organismus in die Vergangenheit verbannt

The Injection that Left Behind the Aging Process of the Human Organism

Para solicitar información haga clik  aquí

 ,indicando Cuidad y País.

Médicos  solicitar información para Médicos, indicando Ciudad y País

 

Si es posible indique un e-mail alternativo.

La decisión de prolongar la vida con calidad es la inversión mas valiosa que usted puede realizar.

 

 

lunes, 6 de junio de 2011

PLAN ESTRATÉGICO PARA EL DESRROLO DE LOS RECURSOS HUMANOS DE LA DIRECCION MUNICIPAL DE SALUD DE SAN CASIMIRO. EDO. ARAGUA

                   REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

                    UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL

                 "SIMON RODRÍGUEZ"

             NÚCLEO SAN JUAN DE LOS MORROS

 

 

 

 

 

 

 

PLAN ESTRATÉGICO PARA EL DESRROLO DE LOS RECURSOS HUMANOS DE LA DIRECCION MUNICIPAL DE SALUD DE SAN CASIMIRO. EDO. ARAGUA

 

 

Trabajo Especial de Grado para optar al Título de Licenciado en

 Administración Mención: Recursos Humanos

 

 

 

 

Autores:

Romero, Gloria

C.I. 11.123.114.

 

Campos, Brayan

C.I. 10.673.280

 

Tutor:

 Lic. Yolimar Fuentes

 C.I. 10.670.896

 

                              

 

 

 

 

 

 

 

San Juan de los Morros; Octubre del 2004

 

 

 

 

                   REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

                    UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL

                 "SIMON RODRÍGUEZ"

             NÚCLEO SAN JUAN DE LOS MORROS

 

 

 

PLAN ESTRATÉGICO PARA EL DESRROLO DE LOS RECURSOS HUMANOS DE LA DIRECCION MUNICIPAL DE SALUD DE SAN CASIMIRO. EDO. ARAGUA

 

 

 

  Autores:

                                                   Romero Gloria

                                                     Campos Brayan

                                                                                   Tutor: lic. Yolimar, Fuentes

                                                         Año: Octubre 2004

 

 

Resumen

 

Esta investigación tiene como objetivo Proponer un Plan Estratégico para el Desarrollo de los recursos Humanos de La Dirección Municipal de Salud de San Casimiro. Edo. Aragua.  La metodología utilizada se enmarcó en un proyecto factible, dentro de la Investigación de Campo de tipo descriptiva que permitió realizar un diagnostico situacional por medio del cual se fijaron las bases que permitieron el diseño de la propuesta.  La población estuvo conformada por 91 individuos donde se tomo muestra representativa de 28 personas que laboran dentro de la institución. En el proceso de recabar la información se utilizó como instrumento el cuestionario que constaba de 10 ítem de respuestas cerradas; tal instrumento fue validado a través de juicio de 3 expertos, La información se procesó a través de la estadística descriptiva, con sus respectivos análisis por indicador y por gráficos. Se presentó la propuesta de un Plan estratégico en función de las disponibilidades de los distintos recursos con los que cuenta la Dirección Municipal de Salud y se concluyó que existe la necesidad de implementarlo en la  mencionada Dirección Municipal, ya que esta no aplica la planificación estrategia para contribuir al fortalecimiento de su capital humano lo que se simplificaría en un mejor aprovechamiento de este recurso y por ende la prestación de un servicio de salud de muy buena calidad.

 

 

Palabras Claves: Planificación, Capital Humano, Gerencia.


CAPITULO I

 

Planteamiento del Problema:

 

El mundo de hoy, enfrentado al fenómeno de la Globalización, exige cambios radicales de su economía. Las empresas se hacen más competitivas para sobrevivir.  Basándose en el nuevo escenario de la economía mundial, es cuando los empresarios se han dado cuenta que la competitividad se logra con la calidad de los productos, servicios y esta a su vez depende de la calidad en el manejo del Recurso Humano.

 El empresario le ha dado un giro a la prioridad de los factores y ha ubicado al recurso humano en primer lugar. Sencillamente, porque un trabajador que se sienta motivado, integrado a la organización va a producir satisfactoriamente un producto de calidad. Hoy, el trabajador es visto o definido como "el cliente interno", y no como "mano de obra", en un ambiente donde la administración es participativa, se manejan sistemas modernos de supervisión, esquemas de recompensa y evaluación del desempeño para lograr lo propuesto.

 La Administración de Recursos Humanos en consecuencia se refiere a aquella área de la Organización que se encarga de atender a las necesidades de su personal y  tiene como una de sus tareas proporcionar las capacidades humanas requeridas por una organización y desarrollar habilidades y aptitudes del individuo para ser lo más satisfactorio así mismo y a la colectividad en que se desenvuelve.

No se debe olvidar que las organizaciones dependen, para su funcionamiento y su evolución, primordialmente del elemento humano con que cuenta. Puede decirse, sin exageración, que una organización es el retrato de sus miembros. Dentro de los procesos primordiales de la administración de recursos humanos tenemos la dirección, planificación y  el control del capital humano de toda la organización.

En el ramo de planificar, la esencia de la planificación estratégica, consiste en la identificación sistemática de las oportunidades y amenazas que surgen en el futuro, los cuales combinados con otros datos importantes, proporciona la base para que una empresa tome mejores decisiones en el presente para explotar las oportunidades y

Evitar las amenazas. Planificar significa diseñar un futuro deseado e identificar las formas para lograrlo. La expresión Planificación Estratégica es un Plan Estratégico Corporativo, el cual se caracteriza fundamentalmente por coadyuvar a la racionalización de la toma de decisiones, se basa en la eficiencia institucional e integra la visión de largo plazo (filosofía de gestión), mediano plazo (planes estratégicos funcionales) y corto plazo (planes operativos). Aporta una metodología al proceso de diseño estratégico, guían a la dirección en la tarea de diseñar la estrategia.
            La planificación estratégica no es sólo una herramienta clave para el directivo implica, necesariamente, un proceso interactivo de arriba abajo y de abajo arriba en la organización; la dirección general marca metas generales para la empresa (apoyada en la información de mercados recibida, con seguridad, de las unidades inferiores) y establece prioridades; las unidades inferiores determinan planes y presupuestos para el período siguiente; esos presupuestos son consolidados y corregidos por las unidades superiores, que vuelven a enviarlos hacia abajo, donde son nuevamente retocados, etc. Como consecuencia, el establecimiento de un sistema formal de planificación estratégica hace descender la preocupación estratégica a todos los niveles de la organización.

            Las empresas de excelencia saben como adaptarse y responder a un mercado continuamente cambiante, mediante la practica de una planeación estratégica orientada hacia el mercado. Es por eso que la planificación es un hecho de vital  importancia para el desarrollo de cualquiera empresa, por ende de cualquier administración, ya que conlleva a la utilización de procedimientos para introducir mayor racionalización y organización de las actividades y acciones previstas anteriormente.

            Según Donhellriegel (1.999). La planificación estratégica es un proceso organizacional y análisis de la misión y la visión; de metas y tácticas generales, y de asignación de recursos. Al desarrollar planes estratégicos, los administradores deben adoptar un enfoque que abarque a toda la organización (p.29).

Dentro de cualquier organización, la educación del empleado debe ser un proceso continuo. A los trabajadores de línea de montaje se les debe capacitar y volver a capacitar conforme surgen nuevos equipos. Los técnicos deben asistir a conferencias y seminarios para mantenerse informados acerca de los últimos avances tecnológicos en sus campos. El gerente debe asistir a talleres y cursos para aprender lo último en técnicas de planeación y organización. La idea de una educación para toda la vida asusta a mucha gente, pero actualmente es un hecho económico y social de la vida. En la época moderna el Gerente de Recursos Humanos debe aceptar el concepto de aprendizaje durante toda la vida y gran parte su tiempo y esfuerzo explica el establecimiento de procedimientos y métodos para tratar de poner en práctica esta idea dentro de la organización. La educación del personal debería considerarse hoy como una inversión de capital a largo plazo de una organización. La excelencia en el servicio y calidad.

Es necesario comprender que el único factor activo de la producción en toda empresa son sus recursos humanos,  por ello es que debe prestarse especial atención y cuidado a su capacitación y a su motivación. Los dos pilares para la producción o prestación de un servicio de calidad son la capacitación y la satisfacción personal con respecto a la labor que realiza.

En este punto es necesario señalar la importancia que asume un buen programa de Relaciones Públicas intra-empresa para el logro de la calidad. No se puede solicitar al personal que obre conforme a los cánones de la calidad y ni siquiera con los niveles mínimos de su grado de capacitación. Si paralelamente la empresa no le provee de los elementos y requisitos necesarios para su autorrealización. Una persona insatisfecha con la organización no rendirá lo que se espera en ella.

El llevar a cabo una planificación efectiva es un proceso complejo y las consecuencias de la escogencia de una estrategia equivocada puede tener implicaciones serias a largo plazo. Hoy en día la gerencia necesita desarrollar estrategias y recursos adecuados para lograr sus objetivos. Necesita un proceso sistemático para controlar y reportar las actividades planificadas.

Se piensa que en una sociedad globalizada la planificación no tiene sentido y que el estado no puede participar en ninguna iniciativa ya que nos encontramos en una apertura, lo que equivale a que prácticamente asumamos un dejar de hacer y dejar pasar para que todo el mundo haga lo que quiera.

En lo que respecta, Tawfik (2.003), el estado no debe perder vigencia y resultaría inconveniente que la perdiera, pues debe mantener su preocupación y orientación para evitar una disgregación. Tiene que existir una estrategia nacional el cual debe entenderse como un esfuerzo participativo y no imperativo (p.89).

Se trata en esencia de no adivinar el futuro, sino de estar preparado para ese futuro. Por lo tanto, la planificación estratégica siempre debe estar vigente, lo que perderá actualidad son los modelos específicos para diseñar las acciones. La clave, en consecuencia, esta en poder adecuar y crear modelos que se ajusten a las realidades del contexto de nuestro país y es allí donde en muchas ocasiones nuestros gobernantes fallan, al querer aplicar modelos de otros países sin entender ni revisar los postulados que sirvieron de base en el contexto original donde se diseñaron.

Cabe destacar la importancia que tiene la planificación estratégica en todos las instituciones Publicas y Privadas y especialmente en el sector de la salud.

En el Estado Aragua el organismo rector del sistema de salud es la Corporación de Salud (CORPOSALUD), ya que planifica, organiza, dirige y controla todos los establecimientos y direcciones municipales distribuidas a lo largo del territorio aragüeño. Debido a la magnitud de su estructura y la gran cantidad de información procesada y los múltiples  procesos, enfocados con el único fin de garantizar el derecho a la salud prestando un optimo servicio  a sus usuarios, el cual sé vera reflejado en una mejor calidad de vida a la comunidad. Este organismo ha dejado de lado el Desarrollo del motor más importante como son sus recursos humanos.

En este orden de ideas y para ser más específico; este estudio se aplicara en el Municipio San Casimiro Población situada geográficamente en el sur del Estado Aragua, quien cuenta en la parte de salud con un ambulatorio urbano tipo I, dos ambulatorios rurales tipo II y doce Ambulatorio rurales tipo I. Estos ambulatorio pertenecen a la Corporación salud, haciéndolos cada día más efectivos para el Municipio San Casimiro. La Dirección Municipal de Salud San Casimiro es el ente rector de los recursos financieros y de los programas de salud.

La Dirección Municipal de Salud Cuenta con una asignación presupuestaria anual para gastos de Personal y Gastos de Funcionamiento dividido en dos presupuestos uno Nacional y otro Estadal respectivamente distribuidas en partidas generales y especificas. Ver cuadro Nº 1:

Asignación Presupuestaria para gastos de personal en el área de Salud del Municipio Autónomo San Casimiro Estado Aragua Año 2.003.

 

 

Asignación

Presupuestaria

Asignación

Nacional

Asignación

Estadal

Totales

550.860.740,00

31.219.598,00

Fuente: Oficina de Administración y Presupuestos D.M.S. San Casimiro.

 

 Esta Dirección Municipal, cuenta con un personal recurso humano especialistas en distintas ramas. Es importante resaltar que hoy en día los procesos administrativo y los métodos para evitar deterioros de la Salud en el mundo entero, avanzan con pasos agigantados y la Dirección Municipal de Salud de San Casimiro no esta siendo énfasis en cuanto a la asignación y distribución de los recursos presupuestarios necesarios enfocados, dirigidos hacia el conocimiento y puesta en practica de los nuevos procesos tecnológicos aplicados a la salud y direccionados al desarrollo de sus recursos humanos.

Cabe destacar que en la Dirección Municipal de Salud San Casimiro, no existe presupuestada la partida especifica para el desarrollo de recursos humanos, y no están dadas las condiciones presupuestarias debido a la gran recesión económica que atraviesa CORPOSALUD. Una de las causas del problema es la carencia de una planificación estratégica.

      Por lo antes expuesto se puede decir que se requiere o necesita de un plan estratégico para desarrollo de los recursos humanos de la Dirección Municipal de Salud San Casimiro. En este estudio se plantean las siguientes Interrogantes:

¿ Cómo es el proceso de desarrollo de recursos humanos en la Dirección Municipal de Salud San Casimiro?

¿Es factible la aplicación de un plan estratégico  para el desarrollo de los recursos humanos  de la Dirección Municipal de San Casimiro.?

 

Justificación  de  la  Investigación:

 

     Esta propuesta se realiza enmarcando la utilización de los lineamentos que constituyen la base de una metodología de planeación estratégica, así como la elaboración de un diagnostico que permita la estrategia a seguir para el Desarrollo de Recursos Humanos. Identificando las debilidades y fortalezas en el área de estudio, se aplicará un plan estratégico para el desarrollo de los recursos humanos que afiance las fortalezas y corrija las debilidades. Este estudio atraerá beneficio al personal involucrado y se reflejará en beneficios para la comunidad porque se prestará un excelente servicio en la parte de Salud. En  tal  sentido,  la  presente  investigación  es  de  relativa  importancia  porque  se  presenta  como  una  contribución  a  la  ciencia  social,  al  reformar  viejas  nociones  y  conceptos  de  teorías  de  Recurso  Humano,  ofreciendo  una  visión  suficientemente  clara  sobre  las  necesidades  y  beneficios  de  planificación estratégica y su incidencia en el desarrollo de recursos humanos con la finalidad de proporcional un  capital  intelectual  en  las  personas para  enfrentar  los  retos  que  se  presentan  en  el  entorno  empresarial.

De  la  misma  manera,  impulsa  la  formulación  y  diseño  de  políticas  tanto educativas  como  orientadoras  que  estimulen  a  los  trabajadores  a  diferenciar,  que  el  hacer  o  no  una  empresa  competitiva  está  en  su  formación,  en  su  disposición  innovadora. Por  otro  lado  la  investigación  puede  ayudar  a  anticipar  y  resolver  determinados  problemas  prácticos  de  tipo  organizacional,  al  contribuir  en  el  desarrollo  de  programas  continuos  de  aprendizaje  que  facilitan  el  conocimiento  integral  y  específico  de  cada  actividad  empresarial.

Desde  una  óptica  intelectual,  con  la  investigación  se  puede  lograr  considerar  y  aclarar  vacíos  de  conocimiento  en  cuanto  a  nuevas  tendencias  empresariales,  que  se  presentan  como  alternativas  factibles  para  el  éxito  individual  y  organizacional.  Los  resultados,  las  conclusiones  y  recomendaciones  obtenidas  en  la  investigación  servirán  como  antecedentes  a  investigaciones  futuras  relacionadas  con  el  tema,  desarrollando  en  el  ámbito  metodológico    procedimientos  e  instrumentos  para  recopilar  datos,  los  cuales  pueden  ser  empleados  en  investigaciones  similares. 

            Finalmente  el  estudio  puede  generar  conocimientos  novedosos  que  ayudarían  al  futuro  Administrador  de  Recursos  Humanos,  para  que  participe  activamente  en  los  procesos  de  cambio,  encargándose  de  comunicar  claramente lo  que  está  sucediendo  en  la  organización,  para  de  esta  manera construir  una  compañía  flexible,  con  capacidad  de  adaptación  y  competitividad.   

 

Objetivos de la Investigación:

Objetivo General:

 

Proponer un plan estratégico para el desarrollo de los recursos humanos en la Dirección Municipal de Salud San Casimiro.

 

Objetivos Específicos:

 

1.    Diagnosticar el sistema de planificación que existe en la Dirección  Municipal de Salud de San Casimiro.

2.    Describir el proceso de desarrollo de los recursos humanos en la Dirección Municipal de Salud San Casimiro.

3.    Determinar la factibilidad de un plan estratégico en función de desarrollo de los recursos humanos.

4.    Diseñar un plan estratégico para desarrollo de los recursos humanos en la Dirección Municipal de Salud San Casimiro.